En 2017 se produjo la venta del Banco Popular por un euro.
Un año después ya se están dictando las primeras Sentencias firmes en Galicia, y resto de España, que están anulando la compra de acciones y bonos del Banco Popular, al igual que ocurrió con Bankia.
Por eso ahora estamos seguros de ganar tu caso por vía civil. Mira algunas de las Sentencias dictadas por los Juzgados de primera instancia núm. 1 y 13 de Vigo, 11 y 4 de Oviedo, 8 de Barcelona, 1 de Bilbao, 5 de Fuengirola, 5 de Cádiz, las Audiencias Provinciales de Cádiz y Valencia, y verás por qué puedes reclamar.
Si no has aceptado el bono de fidelización que te ofreció el Banco Santander, no esperes mas, pues las querellas penales tardarán años (la de Bankia todavía está abierta, pero los accionistas engañados ya cobraron).
QUIENES PUEDEN RECLAMAR:
Accionistas ampliación capital 2016.
Acciones adquiridas hasta el 7.6.17 (Cuando se conocieron los problemas de solvencia del Banco)
Accionistas que compraron acciones entre 2.1.2012 y 7.6.2017
Titulares de bonos, preferentes y/o deuda subordinada convertible en acciones.
NUESTRAS CONDICIONES:
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
Justificante de titularidad de acciones o deuda subordinada:
Orden de compra
Extracto cuenta de valores
Apunte de la amortización de los títulos
Documento mas reciente que tenga en su poder
Un poder judicial (tendrá un costo de 50 euros)
A día de hoy las cosas están claras para reclamar porque los Peritos inspectores del Banco de España han puesto de relieve que las cuentas del Popular no eran reales, pues la entidad incurría en notoria insolvencia al igual que pasó con Bankia en su día. El propio Popular también reconoció que existían incorrecciones contables en sus cuentas.
Seguramente tú compraste bonos o acciones pensando que la entidad era solvente, pero no era así. Si lo supieras, seguro que no habrías invertido tus ahorros.
Contamos con Informes Periciales que evidencian que de haberse reflejado en las cuentas del Banco Popular la realidad respecto a sus activos morosos e inmobiliarios y haber hecho las coberturas y valoraciones correctas, los resultados del período 2012 a 2016 hubieran sido muy distintos, con sustanciales pérdidas.
La demanda tiene asegurada su admisión porque la jurisprudencia de Juzgados y Audiencias Provinciales hoy ya respalda la recuperación de tu dinero. Ya la jurisprudencia, que es reiterada, viene diciendo que:
“existía una notable diferencia” entre la situación patrimonial y financiera del Banco Popular, que determinó su intervención meses después, y la expresada en el folleto de la oferta pública, donde se erigía en el banco más rentable del mercado español, si bien en atención a determinados parámetros. Esa información falseada o irregular llevó al demandante a hacerse una representación equivocada de la rentabilidad de su inversión, dado que, sin solución de continuidad desde la finalización de la oferta, el banco desveló una situación netamente distinta hasta que fue intervenido y vendido por un euro a otra entidad, con pérdida íntegra de la inversión del actor.”